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Concurso de acreedores y reestructuración de empresas

Abogado concurso de acreedores y reestructuración de empresas

Cuando una empresa entra en tensión financiera, lo peor casi nunca es el primer impago. Lo peor suele ser llegar tarde.
Porque en una situación de insolvencia o preinsolvencia, cada semana que pasa sin estrategia empeora la posición de la empresa, de los acreedores, de los socios y, en muchos casos, también de los administradores.

Aquí te ayudamos a hacer una cosa muy concreta: ver a tiempo dónde estás y elegir bien la vía. A veces toca reestructurar y abrir negociaciones. A veces toca concurso. A veces toca defender la posición de un acreedor antes de que el valor desaparezca.
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No toda crisis empresarial se resuelve igual

Hay empresas que todavía se pueden reordenar. Otras ya están en insolvencia actual. Y otras están intentando aguantar cuando legalmente deberían haber tomado otra decisión hace semanas.
La Ley Concursal distingue entre insolvencia actual e insolvencia inminente. Está en insolvencia actual el deudor que no puede cumplir regularmente sus obligaciones exigibles, y en insolvencia inminente quien prevé que dentro de los tres meses siguientes no podrá cumplir regular y puntualmente sus obligaciones.
Además, la ley impone al deudor el deber de solicitar concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer el estado de insolvencia actual.
Quiero saber si mi empresa debe concursarse

Reestructuración antes del concurso: moverse a tiempo cambia mucho el resultado

La reforma concursal reforzó de forma clara la lógica de reestructuración temprana.
En caso de probabilidad de insolvencia o insolvencia inminente, el deudor puede comunicar al juzgado competente la existencia de negociaciones con acreedores —o la intención de iniciarlas de inmediato— para alcanzar un plan de reestructuración que permita superar la situación.
Esto no es un simple formalismo. Bien planteado, puede darte tiempo para ordenar deuda, negociar posiciones, proteger valor y evitar que la empresa llegue al concurso en peores condiciones.
Quiero abrir negociaciones con acreedores

Concurso voluntario, concurso necesario y defensa de acreedores

A veces la empresa debe dar el paso. Y otras veces el movimiento lo tiene que hacer el acreedor.
La Ley Concursal permite que el acreedor inste la declaración de concurso, siempre que exprese el origen, naturaleza, importe, fechas y situación actual del crédito y acompañe documentos acreditativos, además de fundar la solicitud en hechos externos reveladores de insolvencia. La ley también exige que se expresen los medios de prueba, y deja claro que la testifical no basta por sí sola.
Esto es especialmente útil para:
  • acreedores relevantes que ven deteriorarse la posición del deudor
  • empresas con facturas importantes pendientes
  • proveedores o socios financieros que necesitan reaccionar antes de que se vacíe el valor
Soy acreedor y quiero actuar

Qué revisamos en una empresa en crisis

Aquí no basta con “ver si se debe dinero”. Hay que revisar:
  • pasivo real
  • acreedores críticos
  • tesorería
  • garantías
  • riesgos de continuidad
  • exposición de socios y administradores
  • margen para reestructurar
  • viabilidad de concurso voluntario
  • y consecuencias si se sigue esperando
Porque una mala gestión de la crisis no solo perjudica a la sociedad. Puede acabar abriendo otros frentes.

Cómo trabajamos una situación concursal o preconcursal

1. Te ubicamos
Preinsolvencia, insolvencia inminente, insolvencia actual o conflicto puntual de liquidez.

2. Medimos margen real
No todo se salva. Pero tampoco todo está perdido cuando aparece el primer impago.

3. Diseñamos estrategia
Negociación, comunicación al juzgado, plan de reestructuración, preparación de concurso o defensa del acreedor.

4. Protegemos tu posición
Empresa, socio, administrador o acreedor: cada uno necesita una estrategia distinta.

5. Pensamos en el después
Continuidad, venta, cierre ordenado, defensa frente a derivaciones o responsabilidad futura.

Qué documentación necesitamos

Si ya la tienes, conviene reunir:
  • cuentas anuales y situación financiera básica
  • relación de acreedores y deudas
  • contratos clave
  • vencimientos inmediatos
  • notificaciones judiciales o de acreedores
  • garantías, avales o responsabilidades asumidas
  • documentación bancaria
  • y cualquier comunicación que refleje impago, tensión o negociación en curso
Si no lo tienes todo, no pasa nada. Te diremos qué hace falta de verdad para tomar una decisión seria.
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Cuando se encuentra en insolvencia actual y han transcurrido los dos meses legales desde que conoció o debió conocer esa situación.

Sí. La ley prevé la comunicación de apertura de negociaciones con acreedores para intentar un plan de reestructuración cuando hay probabilidad de insolvencia o insolvencia inminente.

Sí. El acreedor puede solicitar la declaración de concurso si documenta su crédito y basa la solicitud en hechos externos reveladores de insolvencia.

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Si tu empresa está entrando en crisis, mejor llegar un mes antes que un mes tarde

En concurso y reestructuración, el momento en que te mueves cambia mucho el resultado.
Si tu empresa está en tensión o eres acreedor de una sociedad en crisis, te ayudamos a actuar con estrategia y control.
Pide una primera valoración concursal

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