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Abogados y asesoría para particulares y empresas en Barberà

Abogado laboralista para empresas

Abogado laboralista para empresas

Cuando una empresa tiene un problema laboral, casi nunca se reduce a “hacer una carta” o “responder una demanda”. Lo que de verdad está en juego es otra cosa: coste, tiempo, riesgo, clima interno y capacidad de seguir gestionando el negocio sin que un conflicto laboral se coma la agenda y la caja.
Aquí te ayudamos precisamente en eso: a prevenir, ordenar y defender. Si necesitas despedir, sancionar, reorganizar condiciones, revisar teletrabajo, controlar el registro horario o responder a una reclamación de un trabajador, lo importante no es ir rápido sin más. Lo importante es hacerlo bien desde el principio.
Trabajamos desde Barberà del Vallès con cita previa y atendemos también online a empresas de toda la provincia de Barcelona.
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Prevención laboral para empresas: evita problemas antes de que lleguen al juzgado

Muchos conflictos laborales no empiezan en el SMAC ni en el juzgado. Empiezan mucho antes: con una carta mal redactada, una sanción mal graduada, un cambio de horario comunicado sin forma, un despido planteado sin prueba suficiente o una política interna que no se ha bajado a la realidad de la empresa.
Nuestro trabajo no es solo defender cuando ya hay incendio. También es ayudarte a reducir riesgo antes de que el conflicto explote:
  • revisión de cartas y comunicaciones
  • estrategia de salida de trabajadores
  • sanciones y apercibimientos
  • modificaciones de condiciones
  • control de jornada y teletrabajo
  • encaje con convenio y Estatuto
Si la empresa actúa con método, suele perder menos dinero y menos tiempo.
Quiero proteger a mi empresa y actuar bien

Despidos con riesgo controlado: disciplinarios y objetivos

No todos los despidos son iguales, y precisamente por eso no conviene tratarlos como si lo fueran.

Despido disciplinario
El Estatuto de los Trabajadores permite el despido disciplinario cuando exista un incumplimiento grave y culpable de la persona trabajadora. La norma enumera supuestos típicos, como faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad, indisciplina o desobediencia, ofensas verbales o físicas, transgresión de la buena fe contractual o disminución continuada y voluntaria del rendimiento, entre otros. Además, el despido debe notificarse por escrito, haciendo constar los hechos y la fecha de efectos.

Despido objetivo
También existe la vía objetiva, con requisitos formales muy concretos. La extinción por causas objetivas exige, entre otras cosas, comunicación escrita expresando la causa, puesta a disposición simultánea de la indemnización de 20 días por año con un máximo de 12 mensualidades y preaviso de 15 días.

Traducción práctica: despedir no es “redactar una carta y cruzar los dedos”. Es elegir bien la vía, preparar la prueba y medir el riesgo antes de mover ficha.
Quiero revisar un despido

Sanciones, incumplimientos y defensa frente a reclamaciones de trabajadores

Muchas empresas llegan tarde al conflicto porque no trabajan bien la fase previa. Y ahí se pierde mucha fuerza defensiva.
Antes de llegar al despido, muchas veces conviene ordenar:
  • apercibimientos
  • sanciones proporcionadas
  • requerimientos escritos
  • cronología de incumplimientos
  • prueba documental y testifical
  • encaje con convenio colectivo
Cuando el trabajador ya ha presentado reclamación, lo importante es reconstruir el caso con una lógica de defensa real:
  • qué pasó de verdad
  • qué se comunicó
  • qué consta por escrito
  • qué riesgos asumió la empresa
  • qué margen hay para acuerdo o para pelea
En la jurisdicción social, como regla general, el intento de conciliación o mediación previa es requisito antes del proceso, aunque la propia LRJS exceptúa varias materias, entre ellas modificaciones sustanciales, derechos de conciliación y determinadas reclamaciones sobre trabajo a distancia.
Aquí te ayudamos a dos cosas: defenderte cuando ya hay conflicto y evitar que un problema pequeño se convierta en un asunto caro.
Quiero defender una reclamación laboral

Cambios de horario, salario, funciones o centro de trabajo

Hay momentos en los que la empresa necesita reorganizar. El problema no es reorganizar. El problema es hacerlo mal.
El artículo 41 del Estatuto permite a la dirección de la empresa acordar modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. La propia norma considera sustanciales, entre otras, las que afectan a jornada, horario, turnos, sistema de remuneración, cuantía salarial, sistema de trabajo o funciones. En las modificaciones individuales, la empresa debe notificar con una antelación mínima de 15 días; y si la medida perjudica al trabajador en determinados supuestos, este puede rescindir el contrato con indemnización de 20 días por año y máximo de 9 meses.

Eso significa que sí se puede reorganizar, pero no de cualquier manera. Hay que justificar, comunicar y medir consecuencias.
Quiero revisar una modificación de condiciones

Teletrabajo, registro horario y cumplimiento laboral

En laboral, muchas empresas no tienen hoy el problema en el despido, sino en la gestión diaria..

Teletrabajo
La Ley 10/2021 establece que el trabajo a distancia es voluntario para empresa y persona trabajadora, requiere acuerdo por escrito y no puede imponerse vía artículo 41 ET. Además, el acuerdo debe recoger como contenido mínimo, entre otras cosas, medios y equipos, gastos y su compensación, horario, distribución entre presencialidad y distancia, centro de trabajo de adscripción y medios de control empresarial. La modificación del acuerdo también exige acuerdo y formalización escrita previa.

Registro horario y gestión del tiempo
Aquí el problema práctico suele ser otro: cómo documentar jornada, disponibilidades, pausas, flexibilidad y trabajo efectivo sin dejar a la empresa expuesta a reclamaciones futuras. No basta con “tener una app”; hay que tener un sistema que encaje con la realidad del trabajo.

Cumplimiento laboral
Políticas internas, cartas, protocolo disciplinario, adecuación a convenio, contratación, jornada y respuesta a situaciones sensibles. Todo eso forma parte de la defensa laboral real de una empresa.
Quiero revisar teletrabajo y cumplimiento laboral

Cómo trabajamos la defensa laboral de tu empresa

1. Bajamos el problema a coste, riesgo y objetivo
Lo primero es saber qué quieres conseguir de verdad:
  • extinguir
  • sancionar
  • negociar salida
  • defender una demanda
  • reorganizar condiciones
  • o simplemente blindar una decisión
2. Revisamos la base documental
Contrato, convenio, nóminas, comunicaciones, hechos, antecedentes, prueba y cronología.

3. Diseñamos la vía correcta
No tratamos igual un despido disciplinario que uno objetivo, ni una sanción que una modificación de condiciones, ni una conciliación que una demanda.

4. Actuamos con estrategia, no por impulsos
Hay veces que conviene pactar. Hay veces que conviene tensar. Y hay veces que la empresa tiene que parar y rehacer antes de exponerse.

5. No vemos solo el pleito
Vemos también el impacto en la estructura, el equipo, el precedente interno y el coste futuro.

Qué documentación necesitamos

Si ya la tienes, conviene reunir:
  • contrato y anexos
  • convenio aplicable
  • nóminas
  • cartas, correos o WhatsApps relevantes
  • cuadrantes, fichajes o registro horario
  • antecedentes disciplinarios
  • informes internos o de responsables
  • documentación de teletrabajo, si existe
  • papeleta de conciliación, demanda o notificación recibida, si ya hay conflicto abierto
Si no lo tienes todo, no pasa nada. Te diremos qué hace falta de verdad y qué conviene preparar antes de actuar.
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Sí, pero no basta con “tener claro” internamente que ha incumplido. El despido disciplinario exige que exista un incumplimiento grave y culpable, y además debe comunicarse por escrito con hechos y fecha de efectos.

No necesariamente. Tiene su lógica, pero también exige una construcción formal correcta: causa escrita, indemnización de 20 días por año con máximo de 12 mensualidades y 15 días de preaviso.

Sí, en determinados casos y con los requisitos del artículo 41 ET. La ley admite modificaciones sustanciales por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, pero exige encaje material y forma.

No como regla general. El trabajo a distancia es voluntario para ambas partes, exige acuerdo escrito y su modificación también debe formalizarse de ese modo.

Como regla general, sí hay intento previo de conciliación o mediación, pero la LRJS exceptúa varias materias, entre ellas modificaciones sustanciales, determinados derechos de conciliación y reclamaciones sobre acceso, reversión y modificación del trabajo a distancia.
 

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Si vas a mover una decisión laboral sensible, mejor hazlo con estrategia

En laboral, una mala decisión no solo cuesta dinero. También cuesta tiempo, credibilidad interna y margen de maniobra.
Si necesitas despedir, sancionar, reorganizar o defender a tu empresa frente a una reclamación laboral, te ayudamos a hacerlo con una idea clara: riesgo controlado, documentación sólida y estrategia útil para el negocio.
Quiero proteger a mi empresa y actuar bien

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