Si te han detenido, te han citado, te están investigando o te acusan de un delito, no necesitas una charla bonita. Necesitas saber qué hacer ahora, qué no hacer y cómo protegerte desde el primer minuto.
En penal, el tiempo importa. Lo que digas, lo que firmes, cómo se plantee la primera estrategia y qué prueba se mueva al inicio puede cambiar el rumbo del procedimiento. Aquí vamos directos: te explicamos dónde estás, qué riesgo real tienes y qué pasos hay que dar ya.
Trabajamos desde Barberà del Vallès con cita previa y atendemos también online a clientes de toda la provincia de Barcelona. Si el asunto es urgente, la prioridad es una sola: llegar pronto y llegar bien.
Sí. La normativa reconoce expresamente el derecho del detenido a designar abogado y a entrevistarse reservadamente con él incluso antes de prestar declaración, salvo supuestos legales muy excepcionales.
Depende del caso. La ley reconoce el derecho a guardar silencio, a no contestar a alguna o algunas preguntas y a no declarar contra uno mismo. La decisión estratégica no se toma “por intuición”, se toma viendo qué hay ya contra ti.
Sí. Precisamente una de las garantías reforzadas en la reforma de 2015 fue la asistencia letrada efectiva y reservada antes de la declaración en supuestos de detención o privación de libertad.
Muchas veces, sí. El Estatuto de la Víctima parte de un modelo de protección, información y apoyo integral, y tener estrategia desde el inicio cambia mucho cómo se plantea la denuncia y cómo se sostiene el procedimiento.
Sí. La Fiscalía explica que el artículo 31 bis del Código Penal introduce una verdadera responsabilidad penal de la persona jurídica en los supuestos previstos legalmente.